Casación No. 533-2012

Sentencia del 11/06/2013

“...Este Tribunal de Casación al realizar el estudio respectivo del recurso interpuesto, concluye que en la tesis de casación sostenida por la interponente concurre error en el planteamiento, pues indica que: “...existe incongruencia en la misma sentencia, pues al final del CONSIDERANDO II) se ordena resolver el otro expediente, pero ya en la parte resolutiva, se resuelve dejar sin efecto la resolución, lo cual es incongruente...”; sin embargo, la casacionista se basa en el inciso 5º del artículo 622 del Código Procesal Civil y Mercantil, que se refiere a cuando el fallo contenga resoluciones contradictorias, pero dentro de sus argumentos, solamente hace alusión a la incongruencia que existe en la sentencia impugnada, sin pronunciarse sobre la contradicción que supuestamente se da en la misma, ni sobre el artículo que menciona como infringido...”
“...la interponente únicamente se limita a mencionar la existencia de incongruencia en el fallo, pero no emite un argumento sobre dicha inconformidad, sino que argumenta sobre la omisión de pronunciarse sobre determinadas pretensiones por parte de la Sala sentenciadora, razonamientos que son propios de otro de los submotivos de forma, lo cual hace inviable su conocimiento...”